Fallo. La Corte negó a dos hombres gay que subrogaron un vientre ser reconocidos como únicos progenitores del hijo nacidoPor Camila Súnico Ainchil
La Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un fallo crucial en relación con la impugnación de filiación presentada por dos hombres que recurrieron a la técnica de reproducción humana asistida denominada “gestación por sustitución”, más conocida como subrogación de vientre. En este caso, la Corte decidió rechazar el pedido de los padres comitentes, quienes buscaban ser reconocidos legalmente como los únicos progenitores del niño, desplazando a la mujer gestante de su condición de madre. El fallo, que ratifica la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, establece que el niño es hijo de quien dio a luz, en este caso, la gestante, tal como lo prevé el artículo 562 del Código Civil y Comercial de la Nación.